Reglamento interno para aprendices SENA


Reglamento interno para aprendices SENA



Se emplea a todos los matriculados en los programas de formación profesional del SENA, en sus diferentes modalidades,  quienes mientras el tiempo que desenvuelvan su formación o proyectos, se nombran “Aprendices”, independientemente del tipo de formación elegido. Este reglamento establece la base mínima para la armonía de la comunidad educativa en todas las sedes del SENA. Aplica también a los programas que se desarrollen virtualmente para el aprendizaje, incluidos los que se desarrollan 100% por internet. 

El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las normas vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar o nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.

Se considerarán prohibiciones para los aprendices del SENA:

* Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas consultadas en los diferentes soportes.

*Ingresar o portar armas, objetos corto-punzantes, explosivos u otros artefactos que representen riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad física de las personas, para destruir o deteriorar la planta física o los bienes del SENA o de las instituciones con las cuales se adelanten actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales.

* Utilizar el nombre del SENA o sus instalaciones para actividades particulares o con ánimo de lucro, exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el Subdirector de Centro o la instancia competente.

* Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución.

* Contribuir al desorden y/o al desaseo.

*Permanecer con el uniforme o la ropa de trabajo acordado para la especialidad, en situaciones o lugares ajenos al proceso de formación, que deterioren la imagen institucional.

*Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, de circulación restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de formación.

* Realizar comportamientos contrarios a la normativa SENA en lugares donde se adelanten eventos de formación nacional o internacional, que atenten contra la imagen del SENA o del país.

Entre otros...

* En conclusión se aplica con aquellas actitudes o acciones no éticas que tengan los aprendices del SENA dentro y fuera de la Institución. Actitudes que no vayan de acuerdo a cada una de las reglas que tiene el SENA.